El ECA será elegido por la Asamblea Arquidiocesana de Servidores convocada para tal fin de entre sus miembros. quienes deberán dedicarse prioritariamente a esta misión, solicitando licencia en su anterior servicio hasta finalizar el periodo.
Para poder integrar el ECA es necesario ser menor de 75 años. Con mas años puede ser Elector y no elegible.
El ECA esta conformado por un Coordinador y seis miembros, sus funciones son las que detalla el articulo 15. Las decisiones serán tomadas en forma colegial, ya sea por voto secreto o llegando al consenso por el dialogo, siempre las deliberaciones quedarán asentadas en las actas del ECA
Los integrantes del ECA permanecen tres años en sus funciones. Una ves cumplido el mandato, no se permite la Reelección. Deberán pasar dos elecciones del ECA para volver a ser candidatos, sin contar el periodo que se deja, vale decir, deben pasar seis años para una nueva elección.
El ECA elegido solicitara al Arzobispo de Córdoba su Confirmación, quien además nombrara al Asesor Arquidiocesano de entre una terna de sacerdotes propuesta, en virtud del Canon 324.
De producirse una vacante, será cubierta por el primer Suplente elegido por la asamblea antes mencionada, designado por el ECA, con la aprobación del Asesor Arquidiocesano.
El armado del Organigrama con la incorporación de todos los miembros responsables de cada servicio, será una actividad prioritaria del ECA, quien tendrá que designar a hermanos de todos los grupos de oración dentro de los noventa días , en caso e no realizarlo, el asesor arquidiocesano designara los respectivos miembros.